Decreto 382/999
Actualízase y adecúase el Decreto 630/980, referido a normas que regulan
el sistema de Expedición de los denominados "Certificados de Habilitación
Policial".
(2.586*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
Montevideo, 7 de diciembre de 1999
VISTO: La necesidad de actualizar y adecuar el decreto 630/980 de 2 de
diciembre de 1980 referido a las normas qur regulan el sistema de
expedición de los denominados "Certificados de Habilitación Policial".
CONSIDERANDO: I) Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 7º de la
Constitución Nacional, todos los habitantes de la República tiene derecho
a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad,
trabajo y propiedad, estableciendo además el artículo 26, en cuanto a los
procesados y penados, que debe perseguirse su reeducación, la aptitud
para el trabajo y la profilaxis del delito, a los efectos de
reinsertarlos socialmente.
II) Que por mandato constitucional ningún habitante de la República puede
ser privado de lo que la ley no prohibe, ni obligado a hacer lo que ésta
no manda -artículo 10 de la Constitución-.
III) Que como consecuencia lógica de la aplicación de los principios
constitucionales enunciados, la autoridad policial debe limitarse a
extender las certificaciones que correspondan sobre los individuos, sólo
cuando exista en sus registros la acreditación de haber cometido un
delito o una resolución judicial que prohiba hacer o realizar determinada
actividad, siendo la entidad a quien va dirigido el Certificado y no la
autoridad policial, quien debe realizar la calificación de aptitud o
idoneidad correspondiente.
IV) Por tal motivo y no ser la Policía quien determina o no dicha
habilitación, corresponde técnicamente sustitir la denominación de
"Certificado de Habilitación Policial" que hasta la fecha se le ha dado
al documento que aquella expide, por el de "Certificado de Antecendentes
Judiciales".
ATENTO a lo precedentemente expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
DECRETA
Artículo 1
Las Dependencias competentes del Ministerio del Interior expediran
"Certificados de Antecedentes Judiciales", de acuerdo a las disposiciones
que a continuación se establecen.
SANGUINETTI, GUILLERMO STIRLING.
Recibido por D. O. el 10 de Diciembre de 1999