Fecha de Publicación: 14/08/1987
Página: 383-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 17

    Los envíos, encomiendas, o correspondencia de comunicaciones
telegráficas que se originen con motivo del operativo del Censo,
cualquiera sea la vía o medio de comunicación que empleare, estará libre
de porte, tasas y derechos.
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