CONSEJO DE MINISTROS
Las personas físicas o jurídicas incluidas en el Registro Permanente de Actividades Económicas, estarán obligadas a comunicar a la Dirección General de Estadística y Censos en el plazo máximo de 30 días de ocurridos, los siguientes hechos: cese de actividades, modificación de su denominación o de su naturaleza jurídica y apertura y cierre de establecimientos.Ayuda