Fecha de Publicación: 29/11/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículos 7 (inciso 2º), 8 (incisos 1º, 2º y 3º), 12 (último inciso), 13 
(literal b, inciso 2º), 16, 28 (inciso 1º) y 29 (inciso 1º) anulado por 
sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo con efectos 
generales y absolutos: Sentencia TCA Nº 586/015 de 11/08/2015.

Artículo 25

 Las instituciones autorizadas de acuerdo a este capitulo deberán celebrar
convenios y contratos para que las usuarias que soliciten la interrupción
voluntaria del embarazo amparadas por la ley que se reglamenta tengan
garantizados sus derechos, debiendo la Institución Médica hacerse cargo de
todos los gastos.-
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