Decreto 374/023
Sustitúyese el segundo inciso del lit. a) del nral. 11) del art. 34 del Decreto 220/998, de fecha 12 de agosto de 1998, relativo a la inclusión en la nómina de exportación, de nuevos servicios vinculados a la mediación y arbitraje comercial internacional, en el ámbito del IVA.
(5.691*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 22 de Noviembre de 2023
VISTO: las operaciones comprendidas en el concepto de exportación de servicios en el ámbito del Impuesto al Valor Agregado (IVA);
CONSIDERANDO: I) que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para determinar cuáles son las operaciones comprendidas en el referido concepto;
II) que es conveniente incluir nuevos servicios en la nómina de exportación de servicios vinculados a la prestación de servicios de mediación y arbitraje comercial internacional;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el inciso primero del artículo 5° del Título 10 del Texto Ordenado 1996;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Sustitúyese el segundo inciso del literal a) del numeral 11) del artículo 34 del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de 1998, por el siguiente:
"Quedan comprendidos en este literal los servicios de carácter técnico, prestados en el ámbito de la gestión, administración, técnica o asesoramiento de todo tipo, y los servicios de consultoría, mediación y arbitraje comercial internacional, traducción, proyectos de ingeniería, diseño, arquitectura, asistencia técnica, capacitación y auditoría."