Fecha de Publicación: 10/01/2018
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Carilla: 41

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 12

   La prueba de oposición comprenderá las siguientes fases según la categoría de cargos objeto del llamado a concurso:

   A) Para la provisión de cargos de Secretario de Segunda, se realizará una prueba escrita, que se llevará a cabo en el lugar de destino del concursante conforme a las condiciones y requisitos específicos que establezcan las bases particulares del concurso y el temario establecido en las mismas. Para aprobar esta prueba deberá obtenerse un puntaje mínimo de 60 sobre un total de 100;

   B) Para la provisión de cargos Secretario de Primera se realizará:

   B.1.- una prueba escrita, que se realizará en el lugar de destino del concursante conforme las condiciones y requisitos específicos que establecen las bases particulares y el temario establecido en las mismas Esta prueba tendrá carácter eliminatorio debiendo obtenerse un puntaje mínimo de 60 sobre un total de 100 para considerarla aprobada;

   B.2.- en caso de aprobarse la prueba escrita, un examen oral a realizarse en la ciudad de Montevideo, conforme las condiciones y requisitos específicos que establecen las bases particulares con preguntas sobre el temario incluido en esas bases. Concluida la prueba oral de cada concursante, el Tribunal le otorgará y comunicará al mismo el puntaje obtenido; 

   C) Para la provisión de cargos de Consejero se realizará:

   C.1.- una prueba escrita a realizarse en la ciudad de Montevideo conforme las condiciones y requisitos específicos que establezcan las bases particulares y el temario establecido en las mismas.

   C.2.- una presentación oral ante el Tribunal de concurso conforme las condiciones y requisitos específicos que establezcan las bases particulares, con preguntas sobre el temario incluido en esas bases. Se deberá prever la realización de esta prueba en fecha no menor a los treinta días de concluidas las pruebas del concurso de la categoría de Secretario de Primera. 

   D) La provisión de cargos de Ministro Consejero se realizará bajo modalidad de tesis en las condiciones y especificaciones que establezcan las bases, las que deberán prever:

   a) la elección por el concursante del tema que será objeto de su trabajo; b) la asignación de un tutor por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores; c) el plazo para la presentación del trabajo escrito que no podrá ser inferior a 180 días; d) aprobación de la tesis por el Tribunal, que se reunirá en Montevideo, y e) la defensa de la tesis ante el citado Tribunal, que deberá realizarse en fecha no menor a los treinta días de concluidas las pruebas del concurso de la categoría de Consejero. 
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