Fecha de Publicación: 11/01/2016
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 5

   Principios. El procedimiento de concursos estará regido por los principios de igualdad, transparencia y celeridad, y asegurará la justa ponderación de la capacidad técnica, méritos, evaluación psicolaboral, recursos y habilidades relacionadas con el puesto en cuestión.
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