Fecha de Publicación: 11/01/2016
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 48

   Plazo de Instalación. El Tribunal deberá instalarse dentro de los 5 días hábiles siguientes al cierre de las inscripciones y confeccionar el acta correspondiente.
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