Fecha de Publicación: 11/01/2016
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 42

   Designaciones. El concursante estará ubicado en una lista de precedencia, en relación a las calificaciones obtenidas. De la misma, y en orden descendente, se designarán mediante Resolución Ministerial los ingresos en las vacantes existentes.
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