Fecha de Publicación: 11/01/2016
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

                               Decreto 368/015

Reglaméntase el art. 44 de la Ley 19.315, que establece los requisitos para el ingreso a la Policía Nacional perteneciente al Escalafón L, excepto el régimen de ingreso de Cadetes.
(26*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR

                                       Montevideo, 29 de Diciembre de 2015

   VISTO: el artículo 44 de la Ley 19.315 de 18 de febrero de 2015.

   RESULTANDO: I) que la mencionada disposición legal establece los requisitos para el ingreso.

   CONSIDERANDO: que corresponde reglamentar la referida disposición legal, determinando los requisitos para ingresar a la Policía Nacional.

   ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4 de la Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

                                 TITULO I

                                CAPITULO I
                           AMBITO DE APLICACION

Artículo 1

   Ámbito de aplicación. Queda comprendido en el nuevo sistema de ingresos toda la Policía Nacional perteneciente al Escalafón L, excepto el régimen de ingreso de Cadetes.

                                TITULO II
                DEL REGIMEN Y CONDICIONES PARA EL INGRESO

                                CAPITULO I
                            REQUISITOS PREVIOS

   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; EDUARDO BONOMI.
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