Decreto 364/001
Incorpórase a la LISTA POSITIVA DE ADITIVOS ALIMENTARIOS del Capítulo 17
- Alimentos Grasos y a la LISTA POSITIVA DE ADITIVOS ALIMENTARIOS - Anexo
11, del Capítulo 3 - Aditivos Alimentarios del Reglamento Bromatológico
Nacional (Decreto 315/994), el aditivo ricinoleato de poliglicerol.
(2.428*R)
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 18 de setiembre de 2001
VISTO: el Reglamento Bromatológico Nacional aprobado por el Decreto Nº
315/994 de 5 de julio de 1994;
RESULTANDO: que la Comisión Técnica Asesora en Materia de Alimentos eleva
propuesta de incorporación del aditivo ricinoleato de poliglicerol (Nº
Codex 476) al mencionado Reglamento;
CONSIDERANDO: que la misma fue aprobada por unanimidad por todos los
miembros de la mencionada Comisión Asesora;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Incorpórase a la LISTA POSITIVA DE ADITIVOS ALIMENTARIOS del Capítulo 17
- Alimentos Grasos y a la LISTA POSITIVA DE ADITIVOS ALIMENTARIOS - Anexo
11, del Capítulo 3 - Aditivos Alimentarios del Reglamento Bromatológico
Nacional (Decreto 315/994), el aditivo ricinoleato de poliglicerol (Nº
Codex 476) con la función de estabilizante en los siguientes ítems:
Nº Nombre del aditivo Producto al que se agrega Límite máx.
Codex mg/kg
476 Ricinoleato de Crema vegetal 4000
poliglicerol
476 Ricinoleato de Minarina o margarina 4000
poliglicerol aligerada
BATLLE, LUIS FRASCHINI, ALBERTO BENSION, SERGIO ABREU, MARTIN
AGUIRREZABALA.