Fecha de Publicación: 10/11/2021
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 33

   La remuneración del personal comprendido dentro de esta clase, se regulará en función de la estructura aprobada por las resoluciones del Directorio de fechas 15 de enero de 1992, 13 de enero de 1993 y 3 de marzo de 1993, en concordancia con los criterios emergentes de las disposiciones que se acuerden en materia salarial y sean de aplicación a la fecha de entrada en vigencia del presente presupuesto, sin perjuicio de las modificaciones que surjan de la aplicación de la nueva estructura organizacional.
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