Fecha de Publicación: 14/11/2022
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 6

   El valor de la cuota salud del Fondo Nacional de Salud, previsto en el artículo 55 de la Ley N° 18.211, de 5 de diciembre de 2007, así como el valor de la cuota salud para los hijos de los asegurados entre 18 y 21 años, referido en el artículo 64 de dicha Ley, se incrementarán a partir del 1° de julio de 2022, de acuerdo al siguiente detalle:

   a) valor de capita base: 1,15% (uno con quince por ciento);
   b) componente metas: 1,15% (uno con quince por ciento);
   c) sustitutivo de tickets: 1,15% (uno con quince por ciento);
Ayuda