MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Establécense los siguientes beneficios: a) Importe salarial sustitutivo de carne y comedor: Se establece en N$ 6.072.67 sobre la base proporcional de 125 horas trabajadas en el mes; b) Suma para el mejor goce de la licencia: Se establece en un 75% del jornal líquido de vacaciones para las licencias a gozarse a partir del 1º de junio de 1987;Ayuda