El Consejo de Capacitación Profesional proyectará su
presupuesto anualmente y lo elevará al Poder Ejecutivo para su aprobación,
conjuntamente con el plan de actividades para el año. El proyecto
comprenderá:
I) Programas de funcionamiento discriminados en rubros de gastos y
retribuciones personales;
II) Previsión de los recursos y estimación de su producido;
III) Programas de inversiones; y
IV) Normas para su ejecución e interpretación.