Decreto 355/012
Reglaméntase la Ley 18.220, por la que se estableció la regulación de la
actividad archivística nacional, creando el Sistema Nacional de Archivos.
(2.020*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 31 de Octubre de 2012
VISTO: Lo dispuesto por la Ley N° 18.220 de 20 de diciembre de 2007.
RESULTANDO: Que la Ley N° 18.220 de 20 de diciembre de 2007 estableció la
regulación de la función archivística a nivel nacional y creó el Sistema
Nacional de Archivos.
CONSIDERANDO: I) Que es necesario reglamentar la referida norma que
habilite las condiciones de su aplicación.
II) Que el presente texto fue elaborado por un Grupo de Trabajo ad hoc
integrado por expertos en archivología.
III) La Dirección del Archivo General de la Nación avala la propuesta de
reglamentación.
ATENTO: A lo expuesto, a lo establecido en el Artículo 168 de la
Constitución de la República y a lo informado por el Ministerio de
Educación y Cultura,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
-actuando en Consejo de Ministros-
DECRETA:
CAPITULO I
Normas Generales
Artículo 1
Ámbito de aplicación-. Este reglamento se aplicará a todos los Archivos
Públicos y a los Archivos Privados que se integren al Sistema Nacional de
Archivos.
CAPÍTULO II
Principios Generales de la Función Archivística
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; EDUARDO BONOMI; LUIS ALMAGRO;
FERNANDO LORENZO; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; RICARDO EHRLICH; ENRIQUE
PINTADO; ROBERTO KREIMERMAN; EDUARDO BRENTA; JORGE VENEGAS; TABARÉ
AGUERRE; LILIAM KECHICHIAN; FRANCISCO BELTRAME; DANIEL OLESKER.