CONSEJO DE MINISTROS
Los miembros de la Junta Asesora tendrán derecho al goce de licencia, durante los períodos de receso de los tribunales: uno, del 25 de diciembre al 31 de enero del año siguiente; el otro, del 1º al 15 de julio de cada año. Las licencias extraordinarias de los miembros serán resueltas por el Cuerpo, procurando que el mismo no quede desintegrado.Ayuda