Fecha de Publicación: 19/11/1999
Página: 334-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

 La Junta Asesora constituye un Cuerpo con independencia técnica en el
ejercicio de sus funciones. Contará con el asesoramiento jurídico
permanente del Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, sobre
aspectos formales y procedimentales (artículos 1 y 6 de la Ley Orgánica
del Ministerio Público y Fiscal).
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