(Ampliaciones).- Las empresas que cuenten con una declaratoria promocional, podrán presentar durante el cronograma de inversiones hasta 3 (tres) ampliaciones de la misma por hasta el 30% (treinta por ciento) de la inversión promovida elegible.
La Comisión de Aplicación establecerá las condiciones para la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo.