Fecha de Publicación: 15/01/2026
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Carilla: 23

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 12

   (Seguimiento).- Los beneficiarios deberán presentar a la Comisión de Aplicación dentro de los 4 (cuatro) meses del cierre de cada ejercicio económico, la declaración jurada de impuestos y sus Estados Contables con Informe de Auditoría para [os contribuyentes incluidos en la División de Grandes Contribuyentes de la Dirección General Impositiva, de Revisión Limitada para los contribuyentes del sector CEDE del citado organismo y de Compilación para los restantes. Además, deberán presentar un detalle de las inversiones ejecutadas y toda otra documentación que determine la Comisión de Aplicación.
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