Fecha de Publicación: 31/07/1979
Página: 288-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

           Los ajustes de tributos, aun proyectados de tal forma que
resulten automáticos y las adecuaciones de tasas, constituyen
modificaciones presupuestales que como tales deben tramitarse según lo
dispuesto por el decreto constitucional 3\976 de 1 de setiembre de 1976.
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