Fecha de Publicación: 29/08/1990
Página: 592-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 7

   La propuesta del interesado en operar un servicio de televisión
por cable o codificada, contendrá los requisitos que señale la Dirección
Nacional de Comunicaciones y los que se detallan a continuación.

 A) Informe técnico sobre la clase de servicio que desee proporcionar.
 B) Estudio sobre la zona o población que se pretenda servir y evaluación
económica-demográfica de la misma.
 C) Presupuesto de inversiones y costo de operación estimados.
 D) Propuesta del precio a pagar por la autorización en cuestión.
 E) Programación general de desarrollo del servicio, proyectos en cuanto a
la manera de encarar la explotación de la emisora, horario mínimo,
programa y objetivos.
 F) Propuesta de estipulaciones contractuales por las cuales se regirán
las suscripciones o adhesiones al sistema por parte de los usuarios.  







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