Fecha de Publicación: 21/12/2020
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 17

   Todos los usuarios del Seguro Nacional de Salud, sin excepción, podrán en cualquier momento cambiar de prestador integral de salud a la Administración de los Servicios de Salud del Estado.

                  Capítulo III - Disposiciones Generales
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