Fecha de Publicación: 21/12/2020
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 14

   Todas las solicitudes de cambio deberán ser acompañadas por una declaración jurada del beneficiario en la que manifieste su libre e informada elección del prestador de servicios integrales de salud, así como no haber percibido dinero u otra ventaja equivalente.
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