MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
A los efectos del efectivo cumplimiento de las tareas de contralor dispuestas en el presente decreto, facúltese a la Dirección General de Servicios Agrícolas, para el ejercicio directo de la fiscalización en las zonas de definidas de Control o en coordinación con la Intendencia Municipal respectiva. V) DE LAS SANCIONESAyuda