Fecha de Publicación: 12/10/2011
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 8

 La dirección del FONDES estará a cargo de una Junta de Dirección de tres
miembros uno en representación del Presidente de la República que lo
presidirá, un representante permanente de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, y un representante del Ministerio de Industria, Energía y
Minería.-
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