Fecha de Publicación: 09/02/1999
Página: 770-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 89

 La Dirección Nacional de la Propiedad Industrial podrá disponer mediante
resolución la forma y condiciones válidas de comunicaciones a la oficina
por telefacsímil.

                            Sección IV
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