Fecha de Publicación: 08/10/2021
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

   (Publicación).- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados en el sitio web de la Agencia Reguladora de Compras Estatales antes del 31 de marzo de cada año.
   La publicación se realizará en los términos que disponga la Agencia Reguladora de Compras Estatales a los efectos de permitir una efectiva difusión de la información comprendida en los planes anuales de contratación.
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