Fecha de Publicación: 29/10/2013
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Decreto 337/013

Autorízase la transformación de los cargos vacantes, que se determinan,
correspondientes a la "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
Armadas" del Ministerio de Defensa Nacional.
(1.916*R)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                         Montevideo, 21 de Octubre de 2013

VISTO: lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre
de 2010.

RESULTANDO: que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo, a
instancias de los Organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del
Presupuesto Nacional, a utilizar créditos de los Cargos vacantes a efectos
de la transformación de los que se consideren necesarios para su
funcionamiento, hasta tanto se apruebe la reestructura organizativa y de
puestos de trabajo del Inciso correspondiente.

CONSIDERANDO: I) la solicitud del Ministerio de Defensa Nacional.

II) que existe informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría
General de la Nación, respecto de las transformaciones de Cargos
solicitadas.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 62
de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y por el Decreto 334/011 de 21
de setiembre de 2011.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Autorizar la transformación de los Cargos vacantes correspondientes a la
Unidad Ejecutora 033 "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
Armadas" del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", en los Cargos que
se proponen en los Anexos I y II que se adjuntan y se consideran parte
integrante de este Decreto.

Artículo 2

 Facultar a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos
presupuestales a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por este Decreto.

Artículo 3

 Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese y pase a la
Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas. Cumplido, archívese.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO;
FERNANDO LORENZO.

ANEXO I- TRANSFORMACIONES DE CARGOS - Artículo 62 Ley 18.719 de 
27 de diciembre de 2010
Inciso 03: "Ministerio de Defensa Nacional"
Unidad Ejecutora 033: "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
Armadas"
Naturaleza: Presupuestados
Valores vigentes a: Enero 2013
Régimen horario: 40 horas semanales

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."

ANEXO II- TRANSFORMACIONES DE CARGOS - Artículo 62 Ley 18.719 de 27 de
diciembre 2010

Inciso 03: "Ministerio de Defensa Nacional"
Unidad Ejecutora 033: "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
Armadas"
Naturaleza: Presupuestados

                       Supresiones
Cant.  Esc.  Gdo.   Denominación             Serie
 1      D     8     Especialista IV          Programador
 1      D     6     Jefe de Guarda Frontera  Inspectivo
 1      D     4     Guarda Frontera I        Inspectivo
 5      D     2     Guarda Frontera III      Inspectivo
 1      E     3     Oficial I                Mantenimiento
 1      F     1     Auxiliar I               Limpiador
 10                                          Total de Supresiones

                      Creaciones
Cant.  Esc.  Gdo.   Denominación             Serie
 1      B     4     Técnico VII              Técnico Prevencionista
 1      E     6     Oficial                  Capataz de Obra

 2                                           Total Creaciones


		
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