Fecha de Publicación: 21/11/2023
Página: 27
Carilla: 27

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 40

   COMPENSACIÓN INSPECTORES PRESTACIONES. Facúltase al Banco de Previsión Social a establecer una compensación a los funcionarios que cumplen funciones de inspectores en la sección Inspecciones dependiente de la Dirección Técnica de Prestaciones u oficinas dependientes.
a) A Inspectores, de $ 19.995 (pesos diecinueve mil novecientos noventa y
   cinco) por mes por tareas externas. 
b) A Jefes y Gerente de Sector, de $ 28.496 (pesos veintiocho mil
   cuatrocientos noventa y seis) por mes por la planificación de campo,
   selección de muestras y su consecuente reflejo en compromisos de
   resultados. 
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