Fecha de Publicación: 26/10/2018
Página: 177
Carilla: 177

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 27

   COMPENSACIÓN ESPECIAL (042099). La Agencia Nacional de Vivienda otorgará una compensación especial mensual de $ 11.762 (importe vigente al 01/01/2018), a los funcionarios designados por su Directorio para representarla en los órganos de administración de los emprendimientos o asociaciones que ésta acuerde, con entidades o empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, con el objetivo de ejecutar obras de construcción o refacción de inmuebles, de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Ley 18.125 u otras tareas extraordinarias en el marco de proyectos prioritarios.
   Esta compensación se ajustará en igual oportunidad y condiciones en que se ajusten los salarios de los funcionarios de la Agencia Nacional de Vivienda,  estará sujeta a los aportes de seguridad social que correspondan e integrará el cómputo a los efectos del aguinaldo. El beneficiario percibirá esta compensación mientras desarrolle efectivamente tales funciones.
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