Fecha de Publicación: 07/12/1989
Página: 328-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 6

   Fíjase para los cigarrillos comprendidos en el decreto 276/985 de 3 de
julio de 1985, el precio ficto, tasa e impuesto que se detallan, a
efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente
al semestre junio-diciembre de 1989:

                                 Ficto         Tasa           Impuesto
                                   N$            %                N$
Cigarrillos decreto 276/985       225           60                135
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