Fecha de Publicación: 13/11/2019
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                               Decreto 321/019

Modifícase la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común.
(4.339*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
   MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

                                        Montevideo, 4 de Noviembre de 2019

   VISTO: el Decreto N° 410/016 de 26 de diciembre de 2016, sus modificativos y concordantes.

   RESULTANDO: I) que el mismo incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Resolución del Grupo Mercado Común N° 26/16 de 5 de diciembre de 2016, que aprobó el "Arancel Externo Común basado en la Nomenclatura Común del Mercosur" ajustada a la VI Enmienda del Sistema Armonizado.

   II) que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad delegada por el Consejo Mercado Común, dictó las Resoluciones N° 07/19, 08/19, 30/19 y 31/19.

   CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, recoger las modificaciones resultantes de las referidas Resoluciones del Grupo Mercado Común, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N° 12.670 de 17 de diciembre de 1959, y 4° del Decreto-Ley N° 14.629 de 5 de enero de 1977,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común, de conformidad con los anexos que forman parte del presente decreto.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese y archívese.
   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; DANILO ASTORI; RODOLFO NIN NOVOA; OLGA OTEGUI; ENZO BENECH.

                                 ANEXO I
SITUACIÓN ACTUAL
MODIFICACIÓN APROBADA
NCM
DESCRIPCIÓN
AEC %
NCM
DESCRIPCIÓN
AEC %
8523.52.00
- - Tarjetas inteligentes («smart cards»)
6 BIT
8523.52 
- - Tarjetas inteligentes («smart cards»)
8523.52.10
Tarjetas y etiquetas de activación por proximidad
12 BIT
8523.52.90
Las demás
6 BIT
8523.59
- - Los demás
8523.59.00
- - Los demás
16
8523.59.10
Tarjetas y etiquetas de activación por proximidad
12 BIT
8523.59.10
SUPRIMIDO
8523.59.90
Los demás
8523.59.90
SUPRIMIDO
16
9303.90.00
- Las demás
20
9303.90
- Las demás
9303.90.10
Lanzadores de los tipos utilizados con cartuchos de los ítems
9306.21.10,
9306.21.20 o
9306.21.30
20
9303.90.90
Las demás
20
9304.00.00
Las demás armas
(por ejemplo:
armas largas y pistolas de muelle (resorte), aire comprimido o gas, porras), excepto las de la partida 93.07.
20
9304.00
Las demás armas (por ejemplo: armas largas y pistolas de muelle (resorte), aire comprimido o gas, porras), excepto las de la partida 93.07.
9304.00.10
Recipientes del tipo aerosol que contengan productos químicos u oleorresina de Capsicum, con fines irritantes
9304.00.90
Las demás
20
ANEXO II
SITUACIÓN ACTUAL
MODIFICACIÓN APROBADA
NCM
DESCRIPCIÓN
AEC %
NCM
DESCRIPCIÓN
AEC %
2921.11.21
Dimetilamina
12
2921.11.21
Dimetilamina
2
2921.19.11
Monoetilamina y sus sales
14
2921.19.11
Monoetilamina y sus sales
2
2921.19.22
Di-n-propilamina y 
sus sales
14
2921.19.22
Di-n-propilamina y sus sales
2
2921.19.23
Monoisopropilamina y 
sus sales
14
2921.19.23
Monoisopropilamina y sus sales
2
ANEXO III
SITUACIÓN ACTUAL
MODIFICACIÓN APROBADA
NCM
DESCRIPCIÓN
AEC %
NCM
DESCRIPCIÓN
AEC %
3808.93.23
Los demás, a base
de ametrina, atrazina o diurón
14
3808.93.23
Los demás, a base de atrazina o diurón
14
3808.93.28
Los demás, a base de hexazinona
8
3808.93.28
Los demás, a base de ametrina
o hexazinona
8
3904.30.00
- Copolímeros de cloruro de vinilo y acetato de vinilo
14
3904.30.00
- Copolímeros de cloruro de vinilo y acetato de vinilo
2
3904.90.00
- Los demás
14
3904.90
- Los demás
Poli(cloruro de vinilo) clorado
2
3904.90.10
3904.90.90
Los demás
14
4810.13.90
Los demás
14
4810.13.9
Los demás
4810.13.91
Papel estucado o recubierto en una cara, del tipo «wet strength», resistente a la humedad y al álcali
2
4810.13.99
Los demás
14
4810.19.90
Los demás
14
4810.19.9
Los demás
4810.19.91
Papel estucado o recubierto en una cara, del tipo «wet strength», resistente a la humedad y al álcali
2
4810.19.99
Los demás
14
7606.12.20
Con un contenido de silicio superior o igual al 0,05% pero inferior o igual al 0,20%, en peso, hierro superior o igual al 0,20% pero inferior o igual al 0,40%, en peso, cobre inferior  igual al 0,05% en peso, cinc inferior o igual al 0,05% en peso, manganeso inferior o igual al 0,25% en peso, mangnesio superior o igual al 0,05% pero inferior o igual al 0,25%, en peso y otros elementos, en conjunto, inferior o igual al 0,07% en peso, de espesor inferior o igual a 0,4 mm, en bobinas de ancho superior a 900 mm, con una relación entre las rugosidades máxima y media aritmética superior o igual a 1,25 pero inferior o igual  a 1,30 en cada una de las caras y un límite de resistencia a la tracción superior o igual a 115 MPa
2
7606.12.20
Con un contenido de aluminio superior o igual al 99% en peso y de magnesio superior al 0,10% en peso, de espesor inferior o igual a 0,40 mm, con un límite de resistencia a la tracción superior o igual a 140 MPa pero inferior o igual a 240 MPa y alargamiento superior o igual al 0,90% pero inferior o igual al 7%
2
7607.11.10
Con un contenido de silicio superior  igual al 0,05% pero inferior o igual al 0,20%, en peso, hierro superior o igual al 0,20 pero inferior o igual al 0,40%, en peso, cobre inferior o igual al 0,05% en peso, cinc inferior o igual al 0,05% en peso, manganeso inferior o igual al 0,25% en peso, magnesio superior o igual al 0,05% pero inferior o igual al 0,25%, en peso y otros elementos, en conjunto, inferior  o igual al 0,07% en peso, de espesor superior o igual a 0,12 mm, en bobinas 
2
7607.11.10
Con un contenido de aluminio superior o igual al 99% en peso y de magnesio superior al 0,06% en peso, de espesor superior o igual a 0,12 mm, con un límite de resistencia a la tracción superior o igual a 140 MPa pero inferior o igual a 240 MPa y alargamiento superior o igual al 0,90% pero inferior o igual al 7%
2
de ancho superior a 900 mm, con una relación entre las rugosidades máxima y media aritmética superior o igual a 1,25 pero inferior o igual a 1,30 en cada una de las caras y un límite de resistencia a la tracción superior o igual a 115 MPa
8480.79.00
- - Los demás
14 BK
8480.79
- - Los demás
14 BK
8480.79.10
Para vulcanización de neumáticos
8480.79.90
Los demás
14 BK
8506.10.30
Baterías de pilas
16
8506.10.3
Baterías de pilas
8506.10.31
Alcalinas, de tensión igual a 9 V
2
8506.10.39
Las demás
16
8507.50.00
- De níquel - hidruro metálico
18
8507.50
- De níquel-hidruro metálico
8507.50.10
De tensión igual a 1,2 V cilíndricos del tipo HR6 (AA)
2
8507.50.20
De tensión igual a 1,2 V, cilíndricos del tipo HR03
(AAA)
2
8507.50.90
Los demás
18
ANEXO IV
SITUACIÓN ACTUAL
MODIFICACIÓN APROBADA
NCM
DESCRIPCIÓN
AEC %
NCM
DESCRIPCIÓN
AEC %
2841.30.00
- Dicromato de sodio
10
2841.30.00
- Dicromato de sodio
2
2915.11.00
- - Ácido fórmico
12
2915.11.00
- - Ácido fórmico
2
2933.69.91
Ametrina
14
2933.69.91
Ametrina
2


		
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