Fecha de Publicación: 21/07/2009
Página: 197-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 30

 Deberá prestarse especial atención a la seguridad en los alrededores de
las máquinas, a causa de posibles derrames de aceites, líquidos,
refrigerantes, etc. Deberán disponerse medios adecuados para la
eliminación de desechos o materiales derramados procedentes de fugas,
desbordamientos, etc.
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