Fecha de Publicación: 01/07/1988
Página: 11-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 2

   Base de Comercialización. Se considerará sano, seco y limpio, todo
arroz que responda a las siguientes bases:
   a) Impurezas y Materias Extrañas (Basura) 0%;
   b) Humedad 13%;
   c) Blanco total 70%;
   d) Granos enteros. Variedad: Blue Belle 58%; Variedad: E. E. A. 404
      54%;
   e) Granos verdes 3%;
   f) Granos rojos - 3% para la zafra 1988, 2% para la zafra 1989 y 1%
      desde la zafra 1990 en adelante;
   g) Granos manchados 0,25%;
   h) Granos yesados 6%.
Ayuda