Fecha de Publicación: 01/07/1988
Página: 11-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 18

   Deberá expedirse un recibo por el receptor donde constará:

Nombres y Apellidos del Productor y Recibidor Nº y Fecha de la Guía de
Tránsito, Matrícula del Vehículo Transportador, variedad, tipo, % de
Humedad del Arroz, Kilogramos Brutos y Netos, Tara, Fecha y firma del recibidor.
   Será extendido en tres vías, una para el Productor, otra para el
Transportista y la tercera para el Recibidor.
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