Fecha de Publicación: 17/11/2014
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 10

 (Crédito fiscal por el arrendamiento de terminales POS).- El crédito a
que refieren los artículos 12° y 13° del Decreto N° 288/012, de 29 de
agosto de 2012, se otorgará hasta el 31 de diciembre de 2016, por un monto
equivalente al que surja de aplicar sobre el costo del arrendamiento de
las terminales los siguientes porcentajes:
a) hasta el 31 de diciembre de 2015, 70%;
b) hasta el 31 de diciembre de 2016, 40%.
A los efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, se computarán como
máximo los valores de arrendamiento dispuestos en el artículo 5° del
presente Decreto.
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