Decreto 318/024
Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Directiva N° 100/24 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, que aprueba la reducción temporaria de la alícuota del Arancel Externo Común solicitada por la República Oriental del Uruguay, para el ítem arancelario que se determina.
(5.942*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 15 de Noviembre de 2024
VISTO: la Directiva N° 100/24 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR;
RESULTANDO: I) que las Directiva CCM N° 100/24 aprueba una rebaja arancelaria solicitada por la República Oriental del Uruguay, al amparo de la Resolución N° 49/19 del Grupo Mercado Común;
II) que de acuerdo a lo que dispone el artículo 2° de dicha Directiva, la misma debe ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico de la República Oriental del Uruguay;
III) que el artículo 38° del Protocolo de Ouro Preto, aprobado por la Ley N° 16.712, de 1° de setiembre de 1995, compromete a los Estados Partes del MERCOSUR a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos previstos en el artículo 2° de dicho Protocolo;
CONSIDERANDO: que en cumplimiento de las disposiciones mencionadas en los Resultandos II) y III) precedentes, corresponde proceder a incorporar al ordenamiento jurídico nacional la Directiva a la que alude el Visto;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Directiva N° 100/24 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, cuyo texto se anexa como parte integrante del presente Decreto.