(Aseguramiento de la calidad académica). Corresponde a las instituciones asegurar la calidad de todos sus procesos, con el consiguiente diseño de los procedimientos internos orientados a esos fines. Tales procedimientos deberán estar en sintonía con los que definan el Ministerio de Educación y Cultura y el Instituto Nacional de Acreditación y Evaluación de la Enseñanza Terciaria.
CAPÍTULO VIII
Disposición Transitoria