Fecha de Publicación: 02/12/2024
Página: 206
Carilla: 206

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

                               Decreto 316/024

Actualízase la reglamentación de las disposiciones del Decreto-Ley 15.661, de fecha 29 de octubre de 1984, en virtud de la creciente internacionalización de la educación terciaria y terciaria universitaria.
(5.848*R)

   MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

                                       Montevideo, 26 de Noviembre de 2024

   VISTO: la necesidad de actualizar la reglamentación de las disposiciones del Decreto-Ley N° 15.661, de 29 de octubre de 1984;

   RESULTANDO: I) que la creciente internacionalización de la educación terciaria y la rápida evolución del conocimiento requieren capacidades de adaptación y respuesta por parte de la normativa que regula el sector de actividad;

   II) que la evolución tecnológica, por su parte, ha hecho posible nuevas modalidades de enseñanza que deben, necesariamente, tener un reflejo normativo;

   CONSIDERANDO: que en mérito a las razones invocadas deviene necesario proceder a la actualización de la normativa citada;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el numeral 4°) del artículo 168 de la Constitución de la República, el Decreto-Ley N° 15.661, de 29 de octubre de 1984, la Ley N° 18.437 de 12 de diciembre de 2008 y los Decretos N° 104/014, de 28 de abril de 2014 y N° 246/015, de 14 de setiembre de 2015;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

                                CAPÍTULO I
    De la educación terciaria y la terciaria universitaria: principios
                         generales y definiciones

Artículo 1

   (Ámbito de aplicación). Las instituciones de gestión privada que imparten educación terciaria constituyen el ámbito de aplicación del presente Decreto. Este conjunto está integrado por los Institutos Terciarios (de carácter terciario no universitario) y por Instituciones de rango universitario (Institutos Universitarios y Universidades).

   LACALLE POU LUIS; PABLO DA SILVEIRA.
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