Fecha de Publicación: 21/09/2021
Página: 17
Carilla: 17

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 3

   Recepción de Datos del Comité de Expertos.

   A efectos de calcular el Resultado Fiscal Estructural, el Ministerio de Economía y Finanzas solicitará al Comité de Expertos estimaciones que oficiarán como insumos para el mismo, conforme a criterios previamente acordados. Una vez solicitadas las estimaciones, el Comité tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para completar la planilla y enviarla al Ministerio de Economía y Finanzas.
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