MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
Las exportaciones que se realicen al amparo del presente decreto serán autorizadas, en cada caso, por el Ministerio de Agricultura y Pesca, quien estudiará los antecedentes de la operación y si la misma representa un negocio de interés general, emitirá su autorización de acuerdo a lo que se expresa seguidamente.Ayuda