Fecha de Publicación: 22/09/2021
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

   La Secretaría Nacional del Deporte organizará los Juegos Deportivos Nacionales, debiendo para ello coordinar las acciones pertinentes con instituciones públicas y privadas, procurando el mayor compromiso posible de las mismas en la coorganización del evento, sobre la base del alto valor educativo de sus objetivos.
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