Fecha de Publicación: 04/08/1992
Página: 288-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Decreto 311/992

Créase la Orquesta Sinfónica Juvenil (MEC) que funcionará en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura.

Ministerio de Educación y Cultura.

                                          Montevideo, 6 de julio de 1992.

   Visto: que son cometidos del Poder Ejecutivo ambientar el mejor y mayor
desarrollo del arte musical, al tiempo que fomentar e impulsar el
desarrollo integral de la juventud en el ámbito mencionado incentivando
así la realización de sus valores artísticos musicales.

   Resultando: I) Que a los propósitos enunciados actúan en la órbita del
Ministerio de Educación y Cultura, la Dirección de Cultura con los amplios
cometidos que su propia designación implican y desde fecha reciente el
Instituto Nacional de la Juventud, con la tarea de formular, evaluar y
ejecutar las políticas específicamente relativas a la juventud y a su
cultura;

   II) Que dentro de las actividades culturales juveniles se incluye
prioritariamente el de las Artes Musicales como forma de abrir un ancho
campo a la capacidad artística de nuestros jóvenes, posibilitando el
surgimiento de nuevos talentos;

  III) Que el impulso de las Artes Musicales contribuye también al
desarrollo de otras disciplinas artísticas favoreciendo todas ellas en
conjunto el desarrollo cultural, particularmente cuando, como en el caso,
actuarán en el ámbito juvenil;

   Considerando: I) Que a los fines expuestos se procede por el presente
decreto a la creación de una Orquesta Sinfónica Juvenil que actuará en el
Ministerio de Educación y Cultura -Dirección de Cultura e Instituto
Nacional de la Juventud-, el que aportará la infraestructura necesaria
para su normal funcionamiento;

   II) Que la Orquesta Sinfónica Juvenil tendrá como cometido fundamental
el de integrar a todos los jóvenes de la República con vocación en las
artes musicales, impulsándolos a incentivar sus estudios y 
proporcionándoles el campo de acción necesario para realizar estudios 
musicales y representaciones en todo el territorio del país, mediante la
celebración de espectáculos públicos por sí, o en acuerdo con Organismos 
e Instituciones públicas o privadas.

    Atento: a lo dispuesto por el Art. 33 de la Constitución de la
República y artículo 1º del decreto 407/985 del 31 de julio de 1985,

    El Presidente de la República,

                                 DECRETA:

Artículo 1

  Créase la Orquesta Sinfónica Juvenil (MEC), la que funcionará en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura -Dirección de Cultura e Instituto Nacional de la Juventud-, organismos que aportarán la infraestructuraf necesaria para su normal funcionamiento.

LACALLE HERRERA.- GUILLERMO GARCIA COSTA.
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