Fecha de Publicación: 23/09/2005
Página: 541-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 310/005

Dispónese que la prestación de servicios logísticos a desarrollarse en
territorio nacional para las producciones cinematográficas y televisivas
extranjeras, integran el concepto de exportación de servicios a los
efectos del Artículo 34º del Decreto 220/998.
(1.794*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 19 de Setiembre de 2005

VISTO: lo dispuesto por el Inciso 2 del artículo 5°, Título 10 del Texto
Ordenado 1996.

RESULTANDO: I) que la referida disposición faculta al Poder Ejecutivo a
determinar cuáles son las operaciones comprendidas en el concepto de
exportación de servicios.

CONSIDERANDO: que la prestación de servicios logísticos a desarrollarse
en territorio nacional para las producciones cinematográficas y
televisivas extranjeras, integran el concepto de exportación de
servicios.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

  Agrégase al artículo 34° del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de
1998, el siguiente numeral:

"10) Los servicios de apoyo logístico a producciones cinematográficas y
televisivas de empresas del exterior que no actúen en el país por
sucursal, agencia o establecimiento, siempre que dichos servicios sean
aprovechados exclusivamente en el extranjero".

RODOLFO NIN NOVOA, Vicepresidente de la República en ejercicio de la
Presidencia; DANILO ASTORI.
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