Fecha de Publicación: 13/07/1994
Página: 63-A
Carilla: 3

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

   (Integración).- El Plenario de la Comisión Técnica Asesora de
Ordenamiento Territorial estará integrado por:
    a) el Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente, que lo presidirá;
    b) el Subsecretario de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente, que actuará como Presidente alterno;
    c) un delegado de las comisiones legislativas encargadas de la
materia;
    d) un delegado de cada uno de los restantes Ministerios y de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
    e) el Director Nacional de Ordenamiento Territorial;
    f) el Director Nacional de Medio Ambiente;
    g) un delegado del Congreso Nacional de Intendentes Municipales;
    h) un delegado de cada una de las Intendencias Municipales que lo
soliciten;
    i) un delegado de la Universidad de la República;
    j) un delegado en representación de las Organizaciones No
Gubernamentales, con domicilio en la ciudad de Montevideo, constituidas y
registradas sin fines de lucro, que cuenten entre sus objetivos, el
mejoramiento de las condiciones y la eficaz gestión de los sistemas
urbanos y rurales;
    k) un delegado en representación de las Organizaciones No
Gubernamentales, con domicilio en el interior del país, constituidas sin
fines de lucro y que cuenten entre sus objetivos, el mejoramiento de las
condiciones y la eficaz gestión de los sistemas urbanos y rurales. 
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