Fecha de Publicación: 05/10/2018
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 34

   Autorización de contratos de usuario con plazos más extensos en zonas francas localizadas fuera del Área Metropolitana.- Se podrán autorizar contratos de usuarios con plazos más extensos que los establecidos en el tercer inciso del artículo 16 de la Ley que se reglamenta, a empresas que se instalen en zonas francas localizadas fuera del Área Metropolitana, siempre que se cumplan, dentro de los tres primeros años del contrato, alguna de las siguientes condiciones:

   a)   se proyecte la contratación de personal por una cantidad superior
        a 50 (cincuenta) empleados ó

   b)   se proyecte una inversión superior a UI 20:000.000 (veinte
        millones de Unidades Indexadas).

   A los efectos de lo dispuesto en el inciso primero, se entenderá por Área Metropolitana, el área geográfica comprendida en un radio de 40 (cuarenta) kilómetros respecto del centro de Montevideo, tomando como punto de partida el km 0 de la República Oriental del Uruguay.
Ayuda