Contratos de usuario en zonas francas de administración estatal. En el caso de la solicitud de autorización de contratos de usuario en zonas francas de administración estatal, simultáneamente a la solicitud se realizará la reserva del área pretendida, en el monto y condiciones que determine la Dirección General de Comercio. La reserva será onerosa y si la solicitud fuere rechazada, deberá disponerse en el mismo acto su devolución. Si la misma fuere aceptada, las sumas referidas podrán imputarse como parte de la garantía a que refiere el literal g) del artículo 4° del presente decreto cuando correspondiere y será elevada al Ministerio de Economía y Finanzas para su consideración.