Fecha de Publicación: 01/10/2013
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 2

 A partir del 1ro. de enero de 2013, el Personal de Operaciones
Especiales, integrante de la Sección de Reconocimiento del Cuerpo de
Fusileros Navales, percibirá mensualmente una Compensación Especial, la
que se ejecutará de la siguiente forma: A) El Comandante del Cuerpo de
Fusileros Navales (FUSNA) deberá remitir mensualmente por la vía del Mando
al Servicio de Hacienda y Contabilidad de la Armada (SECON), la nómina del
personal afectado directamente y materialmente a las funciones de riesgo;
B) El Servicio de Hacienda y Contabilidad de la Armada liquidará el pago
de la compensación a cada uno de los beneficiarios conforme a la nómina
recibida, acorde al siguiente cuadro, el cual se expresa a valores
vigentes al 1ro. de enero de 2012:

GRADO                Compensación Riesgo Especial     Número de Efectivos
Oficial Subalterno               14.135,53                     1
SOP                               7.414,84                     1
SOS                               5.262,57                     2
CBO. 1RA.                         4.506,63                     4
CBO. 2DA.                         3.610,36                    13
MRO. 1RA.                         3.171,93                    21
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