Fecha de Publicación: 22/09/2021
Página: 19
Carilla: 19

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 51

   (Del mecanismo de contratación) Los organismos que acuerden contratos de Primera Experiencia Laboral emplearán a los jóvenes en tareas de apoyo. Las contrataciones se celebrarán de acuerdo a las condiciones establecidas en los Artículos 24°, 25° y 26° de la presente reglamentación.

                                CAPÍTULO V
        PROMOCIÓN DEL EMPLEO PARA TRABAJADORES MAYORES DE 45 AÑOS
                             Sección primera
   Beneficio para la contratación de trabajadores mayores de 45 años en
                          situación de desempleo
Ayuda